Nuevo acuerdo por el que se dan a conocer las leyendas e imágenes que deberán tener los paquetes de productos de tabaco

30 Mayo 2024

El pasado 17 de mayo del 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se da a conocer la serie de leyendas, imágenes, pictogramas, mensajes sanitarios e información que deberá figurar en todos los paquetes de productos del tabaco y en todo empaquetado y etiquetado externo de los mismos, que se aplicará a partir del 1 de septiembre de 2024 y hasta el 30 de junio de 2026” (el “Acuerdo”).

ASPECTOS RELEVANTES DEL ACUERDO

El Acuerdo es aplicable a cada marca de productos de tabaco que se fabrique, produzca o importe y que sean distribuidos dentro del territorio nacional, sin privilegiar a una marca sobre otra.

Los mensajes sanitarios y pictogramas a los que hace referencia el Acuerdo, se distribuyen en ciclos trimestrales con diferentes pictogramas y mensajes para cada periodo en específico, en los que se incluyen advertencias sobre los efectos nocivos para la salud derivados del consumo de tacabo, asegurando su rotación y proporción igualitaria entre todas las marcas tabaqueras.

Además, se hace especial referencia a que las empresas productoras de productos de tabaco, serán las únicas responsables de asegurar que las leyendas, imágenes, pictogramas, mensajes sanitarios e información del presente Acuerdo se utilicen y apliquen de manera oportuna y correcta, cumpliendo en todo momento con los plazos a los que se hace referencia. Por ello, dichas empresas deberán planificar su programa de impresión con el de producción y, así, cumplir con las disposiciones a las que refiere el Acuerdo.

En el caso de la importación de productos de tabaco, las empresas encargadas de esta actividad serán las únicas responsables de planificar el programa de impresión necesario para el acondicionamiento de los paquetes, empaquetado y etiquetado externo. Lo anterior, con el fin de asegurar que los productos del tabaco cumplan con las disposiciones vigentes al momento de solicitar el permiso de importación a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.

ENTRADA EN VIGOR

El presente Acuerdo entrará en vigor el 1 de septiembre de 2024 y tendrá vigencia hasta el 30 de junio de 2026.

Por todo lo anterior, en Bravo Abogados nos ponemos a su entera disposición para contestar cualquier duda que pudiera tener en cuanto al contenido de la presente alerta legal.

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