16 Enero 2024
El pasado 28 de diciembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto expedido por el Poder Ejecutivo cuyo contenido deroga, reforma y añade diversas disposiciones de la Ley del Mercado de Valores (en adelante la “LMV”) y la Ley de Fondos de Inversión (en adelante la “LFI”).
MODIFICACIONES A LA LMV
La reciente reforma legislativa introduce cambios significativos en el mercado bursátil. Se establece un mecanismo simplificado de registro de valores, denominado “Régimen Simplificado” para facilitar y agilizar el acceso de pequeñas y medianas empresas al mercado bursátil y a diferentes opciones de financiamiento.
Esta reforma introduce un enfoque regulatorio innovador que redistribuye las responsabilidades de supervisión, liberando a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores de supervisar directamente a las empresas que opten por este nuevo régimen, conocidas como “Emisoras Simplificadas”, y en su lugar, serán supervisadas por la bolsa de valores donde tengan registrados sus activos.
Adicionalmente, la reforma incluye cambios en las Sociedades Anónimas Bursátiles (en adelante “SAB”) y en las Sociedades Anónimas Promotoras de Inversión Bursátil (en adelante “SAPIB”), destacando la eliminación de obligar la conversión de SAPIB a SAB en un plazo de 10 años a partir de su inscripción en el Registro Nacional de Valores, o antes de dicho plazo si el capital contable excede los 250 millones de UDIs (equivalente a aproximadamente 1,944 millones de pesos)
También se facilita la ampliación de capital y la emisión de nuevas acciones, permitiendo a los accionistas delegar en el consejo de administración, la facultad de definir condiciones de suscripción, incluyendo la exclusión del derecho de suscripción preferente.
Además, se refuerzan los mecanismos legales para que los accionistas controladores mantengan el control, permitiendo la emisión de acciones con derechos diferenciados y modificando los requisitos de votación para ciertas disposiciones de protección ante tomas de control.
MODIFICACIONES A LA LFI
La reforma a esta ley impulsa la creación de Fondos de Cobertura (“Hedge Funds” por sus siglas en inglés), reemplazando los Fondos de Inversión de Objeto Limitado, con flexibilidad para invertir en diversos activos. Estos fondos estarán exclusivamente disponibles para inversionistas calificados e institucionales.
La reforma también incluye cambios regulatorios como la evaluación anual de prestadores de servicios y la ampliación de informes a accionistas sobre el valor de su inversión. Se otorga al Banco de México la facultad de establecer límites en operaciones financieras y se amplía la responsabilidad civil para incluir a entidades distribuidoras y asesores de inversiones conforme a la Ley de Fondos de Inversión.
Por último, se otorga al Banco de México la facultad de establecer límites en operaciones financieras y se amplía la responsabilidad civil para incluir a entidades distribuidoras y asesores de inversiones conforme a la LFI.
CONCLUSIONES
Estas reformas se enfocan en abrir las puertas del mercado de capitales a las empresas emergentes y de tamaño medio. La normativa se orienta hacia un mayor estímulo de fondos para fortalecer la inversión en diversos activos y la promoción de una variedad más extensa de acciones dentro del ámbito bursátil.
Por todo lo anterior, en Bravo Abogados nos ponemos a su entera disposición para contestar cualquier duda que pudiera tener en cuanto al contenido de la presente alerta legal.
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