21 Septiempre 2023
El pasado 13 de septiembre del 2023, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de la mano con la Comisión Nacional Bancaria (en adelante “CNBV”) publicaron la resolución que modifica las “Disposiciones de carácter general aplicables a las entidades financieras y demás personas que proporcionen servicios de inversión” (en adelante las “Disposiciones”), publicadas el 9 de enero de 2015 en el Diario de la Federación (en adelante “DOF”).
Lo anterior, con el fin de ajustar el marco normativo, permitir el debido cumplimiento de las obligaciones aplicables a las Entidades Financieras (término definido más adelante) y personas que proporcionen servicios de inversión, así como certeza jurídica en los servicios que se proporcionen y facilitar a la CNBV la supervisión del desarrollo del mercado de valores en México.
Para efectos de la presente alerta legal, se entenderá como una “Entidad Financiera” a las instituciones de crédito, casas de bolsa, sociedades operadoras de fondos de inversión cuando proporcionen el servicio de administración de cartera de valores en favor de terceros, así como las sociedades distribuidoras de acciones de fondos de inversión y entidades que presten dicho servicio.
Las Disposiciones modificadas contemplan, medularmente, los siguientes cambios:
– Modificaciones a las obligaciones para definir el perfil de un cliente como “Cliente Sofisticado”, así como sus excepciones;
– Nuevas obligaciones para las Entidades Financieras que presten servicios de inversión;
– Nuevas obligaciones para los clientes que pretendan hacer movimientos o trámites ante Entidades financieras;
– Implementaciones de nuevos procesos para la seguridad de los clientes y Entidades Financieras;
– Información adicional que deberá ser brindada a los clientes por las Entidades Financiera en determinados supuestos;
– Capacitación del personal de los asesores en inversiones registrados ante la CNBV.
Por último, es importante señalar que las modificaciones a las Disposiciones, incluyendo sus adiciones y reformas, entrarán en vigor el 14 de septiembre del 2023.
Por todo lo anterior, en Bravo Abogados nos ponemos a su entera disposición para contestar cualquier duda que pudiera tener en cuanto al contenido de la presente alerta legal.
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